Zona IMPACTO
AMBIENTAL
Al norte de Bogotá, en los límites con el municipio de La Calera, hace más de 20 años Villas de la Capilla y Lomitas no contamos con AGUA potable sin embargo estas comunidades estamos contaminando una fuente hídrica muy importante de los cerros nororientales de la capital "LA AGUANICA" nacimiento de La Quebrada EL CODITO.
"En un territorio cuya principal característica es la producción de AGUA existe una población hace más de 20 años que no cuenta con este líquido sagrado y contamina sus fuentes hídricas..."
"AGUANICA"
Nacimiento de La Quebrada El CODITO
La Capilla y LomitaS
QUEBRADA
EL CODITO
Desague
AGUAS Residuales
AGUA POTABLE
Más de 20 Años
SIN
EL CODITO
Colegio
Claustro Moderno
Cra 7ª n. 175
Imagen tomada de mapasbogota.gov.co
Tenemos que desviar las aguas residuales a través de un sistema de alcantarillado ecológico y coherente con el ecosistema que habitamos...
Sumemos esfuerzos para salvar la quebrada, nuestra fuente de vida
¡Al norte de Bogotá en la localidad de
Usaquén el contraste de realidades supera la ficción!
Misma localidad, misma montaña, misma fuente hídrica pero distintas las formas en las que coexistimos, mientras los niños que habitan la parte alta, donde nace la quebrada pasan su "tiempo libre" cargando y reciclando agua; los otros niños que estudian en la parte baja juegan y se divierten con este recurso.
¿A esto se le conoce como?:
"Justicia divina" o "desigualdad social"
¡Es la misma localidad
donde vive el señor presidente
de la republica!
Contigo hacemos la diferencia construyamos el acueducto ecológico, comunitario y
autosostenible que permita mejorar la calidad de vida de muchas familias en estado de vulnerabilidad y contribuya a fomentar buenas practicas ambientales en la zona de interés y protección ambiental.
VS
Este proceso de contaminación inicia cuando el Ministerio de Minas y Energía otorga tres concesiones para la explotación minera Nº 16569, 16715 y 15148 en 1993. (Con una vigencia de 30 años) en zona de protección ambiental y de interés ecológico nacional.
Empresas mineras como Palo Alto & Cía S. y PROCOMAT (Proyectos de Construcción Macheta Tellez) cuyo miembro fundador Q.E.D.P. Jorge Macheta, padre del abogado y servidor público del municipio de La Calera Jorge Lino Macheta "Junior" gerente de servicios públicos (ESPUCAL) durante el periodo de 2007 - 2011, primer periodo del alcalde municipal CARLOS CENEN ESCOBAR, mismo periodo en el que funcionaba el relleno sanitario en LA CAPILLA propiedad de PROCOMAT en zona de protección ambiental.
Durante el mismo periodo 2007 - 2011 CARLOS CENEN ESCOBAR con el apoyo del Concejo Municipal y La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) ) modifican el PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL según acuerdo 011 donde se permitía la construcción a 3200m.s.n.m., zonas consideradas por ley como Páramos. Obviamente beneficiando a grandes monopolios de la construcción ya que en este nuevo periodo 2020 - 2023 como alcalde el señor CENEN NO ha tenido ninguna voluntad política con la zona de reserva en estado de afectación en LA CAPILLA y LOMITAS.
¿Porqué se permite la MINERÍA
y se niega el AGUA?
LA CALERA mismo municipio donde se niega el agua hace más de 20 años funcionan GRANDES MULTINACIONALES como COCA-COLA que extrae "AGUA MANANTIAL"
El señor Armando Giedellmann socio de PROCOMAT y (testaferro, propietario, dueño, poseedor o latifundista) del terreno donde se encuentra La laguna AGUANICA fuente hídrica hoy en proceso de contaminación...
Se han generado varios intentos de comunicación para intervenir la laguna y no existe ninguna voluntad por parte de este señor Giedellmann para recuperar esta fuente hídrica.
La quebrada el CODITO desde hace más de 40 años cumplió la función de suministrar agua a todos sus pobladores, esta fuente hídrica alimentó a cientos de familias que por múltiples razones se ubicaron en este territorio.
Para que barrios como el CODITO, BUENAVISTA, HORIZONTES, CHAPARRAL, sean lo que son hoy, necesitaron fundamentalmente del agua que escurría de la montaña, hoy la realidad del nacimiento de esta quebrada es otra, y no es buena.
Que el artículo 79 de la Constitución Política, establece que todas las personas tienen derecho a gozar un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo; en consecuencia, según lo dispuesto en los artículos 69 y 70 de la Ley 99 de 1993 notificará a todos aquellos, que inclusive sin demostrar interés jurídico alguno así lo manifiesten, para que se hagan parte del trámite en (sic) manifiesten que se surte, siempre y cuando lo hagan en defensa del interés colectivo y del ambiente.”4
Necesitamos a los amigos del agua, ingenieros ambientales, arquitectos, organizaciones sociales, cualquier disciplina que apoye la construcción de un sistema de alcantarillado biológico autosostenible.
Unete al cambio ya...
El Canal San Antonio Se alimenta de las aguas provenientes de los cerros donde esta el nacimiento de la quebrada AGUANICA Y se ubica entre la carrera 7 y el canal Torca, el cual va paralelo a la calle 180 desde Transversal 7D hasta su desembocadura en la margen izquierda del canal Torca en la ciudad de Bogotá. Recibe aguas del canal El Redil y tiene derivaciones para canales de uso de ornamentación en la Universidad de
la Salle, las cuales desembocan en un lago ubicado al interior de la misma. Su mayor trayectoria se encuentra paralelo a la calle 180 entre la transversal 7D hasta la desembocadura al canal Torca.
(Resolución Número 02076
(Agosto 29 de 2017)
EN ESTAS DOS RESOLUCIONES NOS DAMOS CUENTA QUE SI EXISTEN LOS RECURSOS Y LOS MECANISMOS PARA PROTEGER LAS ZONAS DE PRESERVACIÓN Y RECUPERACIÓN AMBIENTAL
S.O.S.
Adicionalmente, el artículo 100 del Acuerdo 257 de 2006, modificado por el artículo 31 del Acuerdo Distrital 546 de 2013, contempla: “(…) el Sector Ambiente tiene como misión velar porque el proceso de desarrollo económico y social del Distrito Capital se oriente según el mandato constitucional, los principios universales y el desarrollo sostenible para la recuperación, protección y conservación del ambiente, en función y al servicio del ser humano como supuesto fundamental para garantizar la calidad de vida de los habitantes de la ciudad, promoviendo la participación de las comunidades”.